martes, 25 de octubre de 2011

El contrato de vasallaje.

Todos más o menos nos hacemos una idea de cómo funcionaba la época feudal, identíficándola con caballeros de blanca armadura desfaciendo entuertos, el amor romántico y la presencia de un rey al que todos rendían pleitesía. Imaginario que nace con la leyenda del Rey Arturo o las aventuras de Robin Hood entre otras, amén de múltiples películas y series ambientadas en la época o que se nutren de ella. 


Evidentemente, la realidad era un poco más compleja  ¿Cómo eran, entonces, las relaciones entre su señor y el vasallo? Es cierto que el señor sí podía ejercer cierto poder sobre sus vasallos, pero también había una serie de obligaciones por ambas partes, y éstas se recogían en el contrato de vasallaje. Uno de los mejores ejemplos se recoje en la definición del contrato que hizo el Obispo de Chartres en una carta que envió al duque de Aquitania en el año 1020:

"Quien jure fidelidad a sus señor debe tener siempre presente las seis palabras siguientes: sano y salvo, seguro, honesto, útil, fácil, posible. Sano y salvo para que no cause daño alguno al cuerpo de su señor. Seguro para que no perjudique a su señor revelando su secreto o entregando las plazas fuertes que garantizan su seguridad. Honesto para que no atente a los derechos de su señor. Util parar que no dañe sus posesiones. Fácil y posible para que no haga difícil a su señor el bien que podría hacer fácilmente y a fin de que no haga imposible lo que hubiese sido posible a su señor. Es justo que el vasallo se abstenga de este modo de perjudicar a sus señor. Pero con sólo esto no se hace digno de su feudo, pues no basta con abstenerse de hacer el mal, sino que es necesario hacer el bien. Importa, pues, que en los seis aspectos indicados proporcione finalmente a su señor de consejo y ayuda, si quiere reaparecer como digno de su beneficio y probar la fidelidad jurada. también el señor debe, en todos sus dominios, pagar con la misma moneda al que le juró fidelidad. Si no lo hiciere sería considerado de mala fe con pleno derecho, al igual que el vasallo que fuese sorprendido a sus deberes, por acción o por omisión, sería culpable de perfidia y perjurio."


Charles de Orleans recibe el homenaje de un vasallo. Fuente: Wikipedia


Lo que fundamentaba entonces el vasallaje era la fidelidad, el vasallo se obligaba a no hacer absolutamente nada que hiciese daño o pudiese poner en peligro a sus señor. Del mismo modo, conllevaba una serie de prestaciones que tenía que cumplir, fundamentadas en dos: La ayuda y el consejo. La ayuda incluía la asistencia en caso de guerra, ya sea con su presencia o enviando caballeros, funciones de escolta a su señor, labores de vigilancia de territorios y ayuda pecuniaria, ya sea pagando rescates o ayudando económicamente para la guerra santa. Y el consejo, donde el vasallo debía acudir a la corte cuando fuese llamado y también era el encargado de administrar la justicia en su feudo.


Del mismo modo, el señor también tenía una serie de obligaciones respecto al vasallo. La fidelidad era la misma, por lo que el señor no podía hacer nada que atentase contra la vida o las posesiones de su vasallo, y una serie de prestaciones basadas en la protección y la manutención. Protección referida tanto a la ayuda militar como a la ayuda judicial, y la manutención se refiere a que debe proporcionarle los medios necesarios al vasallo para que cumpla las obligaciones que se espera de él, ya sea directamente en su corte o asignándole un territorio.


Evidentemente, muchas veces estos compromisos no se cumplían, y aunque existían sanciones que se podían imponer, dificilmente se llevaban a cabo, por lo que generalmente se resolvían mediante las armas. No fue hasta que las monarquías y las grandes noblezas empezaron a acumular poder cuando el contrato de vasallaje empezó a perder su importancia y validez.


BONUS TRACK.


Os dejo una pequeña pieza que tiene aproximadamente los mismos años que la carta del obispo de Chartres, unos 1000, para amenizar la lectura del post.





FUENTES:
- ¿Qué es el feudalismo? François l. Ganshoff.
-  El feudalismo. Guy Bois.

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